La modificación surgió a raíz del fallo de la Cámara Primera de lo Penal, que determinó que los tocamientos, según la Fiscalía, que el magistrado Jaime Eduardo Escalante Díaz hizo a una niña de 10 años eran una falta y no un delito, amparándose en un artículo del Código Penal que hablaba de los tocamientos impúdicos. Agregaron que si el responsable de cometer el delito es un funcionario público este deberá ser inhabilitado de inmediato de su cargo o del ejercicio de la profesión durante el tiempo en que sea sancionado.
Felicidades por lograr la pronta aprobación de tu iniciativa.
— David Reyes (@_davidreyes) November 14, 2019
Con esto se minimiza el horrendo precedente que había quedado días atrás. Hoy nuestros niños están más protegidos y nadie podrá hacer interpretaciones de la ley a su conveniencia https://t.co/9LaZNRsfFn
Karla Hernández, diputada por ARENA, dijo que con la reforma se busca evitar otro caso donde una persona señalada de tocar a un menor sea dejado en libertad. El magistrado Jaime Escalante era acusado por la Fiscalía de agresión sexual y que los magistrados de la Cámara dictaminaron que el comportamiento que se le atribuía no era delito sino falta .
«Con esta reforma estamos corriendo un vacío para que nunca más este artículo del Código Penal sea utilizado y aplicado como excusa para evadir a la justicia. » Aprovechó para revelar que una persona le llamó por teléfono para pedirle que no votara por la reforma, aunque no dio detalles de quién era. «De ahora en adelante, ninguna Cámara, ningún juez podrá argumentar que tocar niñas es una falta, sino un delito», dijo la diputada por el FMLN, Dina Argueta al respecto.